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Buenos días,

Desde el 1 de abril de 2023 se suprime la entrega por los facultativos médicos a la persona trabajadora de la copia destinada a la empresa de los partes médicos de baja, confirmación y alta médica.

Sin perjuicio de lo anterior, se mantiene la obligación de comunicar a la empresa (a través de su responsable y/o Dpto de RRHH), con carácter previo, o en su caso, inmediatamente antes a la inasistencia al trabajo. la no comunicación de la misma  causara sanción,

Para poder gestionar dichas ausencias se agradeceria informacion sobre la estimación de la duración de la baja y próxima visita al médico

Muchas gracias por vuestra colaboración.